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jueves, 12 de julio de 2018

Cuba reordena su sector privado

Por Jacky

Cuba desarrolla el reordenamiento del sector privado, con un innegable aporte económico de este sector, que es una fuente indiscutible de empleo. Según la viceministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera, hay que preservar esta actividad económica de una manera ordenada. Las nuevas disposiciones de reordenamiento, publicadas en la Gaceta Oficial No. 35 del 10 de julio del 2018 plantean el reagrupamiento de varias actividades dentro del sector privado. Estas disposiciones entrarán en vigor el 7 de diciembre del presente año. Se ha aclarado que no desaparece ninguna actividad, sino que se han reordenado y reagrupado, en busca de un servicio más integral con la misma carga tributaria.

Cuba se encuentra inmersa en el reordenamiento del sector privado, es innegable el aporte económico de este sector, además de ser una fuente indiscutible de empleo. La viceministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Elena Feitó Cabrera señaló que hay que preservar esta actividad económica, pero de una manera ordenada. ¿Qué implica que se reordene el sector privado en la isla?

Si se habla de sector privado en Cuba hay que tener en cuenta que incluye al 13 por ciento de los ocupados en el país, más de 591 mil personas, al finalizar el mes de mayo. Un sector que desde el 2010 hasta la fecha contribuyó a la creación de más de 434 mil nuevos y que ha mantenido un crecimiento continuo.

Las nuevas disposiciones publicadas en la Gaceta Oficial No. 35 del 10 de julio del 2018 implican el reagrupamiento de diversas actividades dentro del sector privado, disposiciones que entrarán en vigor el 7 de diciembre de este año.

¿Qué implican? Una misma autorización permitirá ejercer una serie de actividades. Es importante destacar que no desaparece ninguna actividad, 96 de las existentes pasan a agruparse en 28, y de un total de 201 actividades del sector privado quedarán 123. Lo que se busca es un servicio más integral con la misma carga tributaria de antes. Así, por ejemplo la actividad de belleza agrupará ahora 7 actividades como peluquería, masaje, entre otras.

Igualmente se crearán nuevas licencias bajo las que se realizarán las actividades de panadero-dulcero y de arrendador de medios de transporte. Las nuevas regulaciones establecen que solo se otorgará autorización para desarrollar una sola actividad aprobada por persona.

La nueva política solo permite tener licencia para una sola actividad aprobada, pues se trata de actividades que por su naturaleza no se pueden ejercer en el mismo espacio de tiempo y no son relacionadas. El 98,4 por ciento de los trabajadores del sector en el país están incluidos en las actividades que se integran o no sufren modificaciones. Solo el 1,6 por ciento restante, unos 9 mil (la mitad de ellos residentes en La Habana), deberán decidir un cambio, para lo cual tendrán un plazo de hasta 90 días tras la entrada en vigor de las disposiciones el 7 de diciembre.

En otras áreas también habrá modificaciones: los arrendadores de viviendas, habitaciones y espacios podrán arrendar a personas jurídicas (empresas, organismos, organizaciones), además de naturales, y, en caso de ausencia, por viaje al extranjero u otra causa, el titular de un negocio podrá nombrar a un representante entre los empleados del mismo. Por otro lado, sólo se podrá ejercer en un mismo domicilio una sola de las actividades de servicios gastronómicos en restaurantes, servicios gastronómicos en cafetería, o servicio de bar y recreación.

Es importante recordar que la Resolución 22 de 2017, establecía no otorgar nuevas autorizaciones en 27 actividades hasta tanto concluyera el perfeccionamiento de este sector, actividades que se abrirán otra vez al otorgamiento de licencias a partir de diciembre próximo con las nuevas regulaciones en vigor.

Una de las actividades con un mayor número de licencias es la transportación de pasajeros y de carga. Más de 57 mil personas en Cuba se dedican a la actividad del transporte de pasajeros y de carga, así lo decía la viceministra del sector ¿Qué cambia con respecto a esta actividad dentro del sector privado?

Se decidió modificar el reglamento del Decreto Ley 168 de 1996 sobre la licencia de operación de transporte, y se unifican en una sola norma jurídica los asuntos relacionados con los trámites para licencias tanto de personas naturales como jurídicas.

¿Cuáles son algunos cambios? Se restituye la extensión nacional, provincial y municipal de la licencia de operación del transporte (actualmente todas las licencias existentes en el país tienen extensión nacional). En el caso de que la licencia sea para transportación en ómnibus, camionetas o camiones, la persona tiene que acreditar 3 años de experiencia como conductor. Y debe acreditarlo una persona jurídica.

En cuanto al servicio de transportación de pasajeros en taxi se hace una nueva clasificación: servicio de taxis en ruta, servicios de taxis libre, y servicio de alto confort o clásico, los 3 servicios excluyentes.

No podemos culminar el acercamiento a estas medidas sin hablar del tema tributario que también posee un acápite dentro de las disposiciones. En primer lugar las medidas no van a significar un incremento de la carga tributaria, sino que reacomodan, reordenan, a partir del proceso de adecuación en un grupo de actividades como ya habíamos abordado...

Lo más relevante es que se establece la habilitación de cuentas bancarias fiscales para los servicios gastronómicos, arrendamiento de viviendas, servicios constructivos y el transporte en la capital (vehículos de cuatro a 14 pasajeros). Las principales operaciones del trabajador por cuenta propia deben transitar por estas cuentas.

Las nuevas regulaciones están encaminadas a que el sector privado, este sector económico importante en la nación, realice sus actividades de la manera más organizada posible.